Cierto grupo de personas migrantes internacionales tienen derecho a acceder al sistema de salud público, sin que estén afiliados a FONASA, aunque no sean trabajadores remunerados.
CONVENIO CHILE – ESPAÑA EN RÉGIMEN DE GARANTÍAS
Caso de un ciudadano español residente en Chile: Para incorporarse a FONASA debe presentar un Certificado de Estancia en Chile, ya sea habitual o temporal otorgado por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social de la ciudad en que reside en España, en el cual consten todos los datos de la persona y de su grupo familiar y el período de estadía en Chile.
Caso de un ciudadano chileno residente en España: Cada vez que un asegurado cotizante de FONASA viaje a España, podrá solicitar un Certificado de Estancia en cualquier sucursal FONASA, ya sea habitual o temporal, para ser presentado en España en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social de la ciudad que visite.
Norma vigente: Convenio Chile-España
Responsable: Superintendencia de pensiones y FONASA
Vínculo para visualización o descarga aquí.
CONVENIO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE SALUD ENTRE CHILE – ARGENTINA
Los beneficios que se desprenden del convenio de cooperación entre ambos países, se refiere a la reciprocidad en la atención de salud en los hospitales públicos de ambos países, en casos de emergencia y urgencias de salud, toda vez que no habrá reclamos para el cobro de las prestaciones de salud “y cuando no exista posibilidad de repetir el pago contra un tercer pagador”[1] cuando se trate de chilenos no residentes en Argentina, o de argentinos no residentes en Chile.
La aplicación de la emergencia o urgencia se refiere a “toda condición de salud o cuadro clínico que implique riesgo vital y/o secuela funcional grave para una persona de no mediar atención médica inmediata e impostergable”; definición que está contenida en la Ley 19.966 Ley de Urgencia.
Norma vigente: Convenio de Cooperación en materia de salud entre Chile – Argentina
Responsable: FONASA, Ministerio de Salud de Chile y Argentina
Vínculo para visualización o descarga aquí y el instructivo aquí.
[1] Acta de la Reunión de la Comisión, número 1, párrafo 2°, Buenos Aires 19 y 20 de julio de 2001.
CONVENIOS INTERNACIONALES DE SEGURIDAD SOCIAL
Actualmente, Chile ha suscrito tienen 25 Convenios de Seguridad Social, a saber: Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Dinamarca, Ecuador, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Holanda o Países Bajos, Luxemburgo, Noruega, Perú, Portugal Quebec, República Checa, Reino Unido, Suecia, Suiza y Uruguay.
Este Convenio, se aplica a los extranjeros y sus cargas familiares que se han pensionado, en sus países de origen, y también, a los emigrantes chilenos y sus familias que trabajaron en el extranjero y que vuelven jubilados, a su país de origen.
Se debe solicitar documento en la Superintendencia de Pensiones y luego, con los certificados correspondientes, presentar su situación en la sucursal FONASA más cercana a su domicilio, para que se acrediten, según la norma vigente.