La “Unidad de admisión o SOME” derivará a la persona al funcionario o funcionaria “Calificador de Derechos” del establecimiento de salud (de consultorios de Atención Primaria u hospitales).
El funcionario o funcionaria “Calificador de Derechos” del establecimiento de salud deberá: Entrevistar a la persona. Confirmar la carencia de afiliación a un régimen previsional, descartar la existencia de convenios o leyes que le den derecho a atención médica (como refugiado o víctima de trata de persona, convenios con otros países. Ver Capitulo concerniente).
Deberá entregar y facilitar que la persona complete el “Formulario tipo de Carencia de Recursos” que deberá ser firmado por el declarante. En el caso de niños, niñas y adolescentes, el formulario deberá ser firmado por el padre, la madre o el adulto responsable del menor, debidamente identificados. Se le solicitará la siguiente documentación:
Fotocopia de documentos de identidad pasaporte, DNI del país de origen u otro documento nacional, no vigente.
Certificar domicilio mediante, documentos comprobatorios, tales como, boletas o recibos de servicios básicos como electricidad, agua u otra, certificado de matrícula escolar de los hijos, informe municipal, certificado de residencia de la junta de vecinos, certificado de hogar o residencia sociales.