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10 de diciembre de 2024

Ley de Urgencia

La Ley de Urgencia es una norma que garantiza que las personas reciban atención médica inmediata y de calidad en cualquier establecimiento de salud, sin importar su condición económica o falta de seguro médico.

La Ley de Urgencia se aplica en los siguientes casos:

Cuando se presenta una emergencia o urgencia vital.

Cuando se corre el riesgo de morir o de sufrir secuelas graves.

En estos casos, los hospitales y clínicas no pueden:

Negar la atención

Exigir un cheque, pagaré u otro documento o dinero en efectivo en garantía

Condicionar la atención por antecedentes comerciales del paciente o de su representante

¿Qué es una Urgencia Vital?
Es toda condición clínica que implique riesgo de muerte o de secuela funcional grave de no mediar atención médica inmediata e impostergable al ingreso a un establecimiento de salud.

Reclamos por infracciones a la Ley de Urgencia
Si la persona cree que hubo una atención de Urgencia Vital o emergencia y ésta no fue reconocida como tal por el Fonasa o la Isapre y, por lo tanto, fue negado el préstamo legal contemplado en la ley, la persona beneficiaria o quien le represente debe reclamar en la Superintendencia de Salud

Reclamos por infracciones a la Ley que prohibe el cheque en garantía
Si la atención es por Urgencia Vital o riesgo de secuela funcional grave, los establecimientos de salud NO pueden exigir un cheque, pagaré u otro documento o dinero en efectivo para garantizar el pago de la atención de salud que brinden mientras se mantenga la urgencia. Tampoco pueden condicionar la atención de urgencia, a causa de los antecedentes comerciales (Dicom) del/la paciente o quien le represente. Si ocurre cualquiera de los condicionamientos señalados debe reclamar en la Superintendencia de Salud