Advertencia bebidas alcohólicas
«A contar del 7 de julio de 2024 toda la publicidad de bebidas alcohólicas debe incorporar un mensaje de advertencia. Hay cuatro frases disponibles según el reglamento y están orientadas a los riesgos en el embarazo, los efectos dañinos al conducir, la prohibición para menores de 18 años y el consumo nocivo de alcohol. Los espacios publicitarios deben contener una de ellas». Cristián Cofré, Jefe del Departamento de Nutrición y Alimentos del Ministerio de Salud».
La nueva normativa de bebidas alcohólicas considera:
1. Rotular las Calorías.
2. Prohíbe publicidad dirigida a menores de edad.
3. Prohíbe publicidad de bebidas alcohólicas entre 06:00 a 22:00 horas en TV.
4. Prohíbe publicidad de bebidas alcohólicas en la radio entre 16:00 a 18:00 horas.
5. Rotular advertencias sanitarias, respecto al consumo de alcohol y su relación con embarazo, conducción, y menores de 18 años.
6. Incorporar en la publicidad las advertencias sanitarias en toda publicidad difundida a través de medios de comunicación escrita, o carteles o avisos publicitarios de todo tipo, sean ellos físicos o virtuales, publicidad audiovisual y avisos radiales.
Entrada en vigencia escalonado:
1. Sobre la rotulación y las advertencias (incluida su publicación en la publicidad) entrarán en vigor el 07 de julio de 2024.
2. Sobre las restricciones en la publicidad, entrará en vigor el 07 de julio de 2026.