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29 de mayo de 2018

FONASA

La inscripción a Fonasa puede hacerse:

 En cualquiera de sus sucursales, en un trámite resuelto en ese mismo momento.
 O a través de la inscripción en línea, informando al interesado en 24 horas hábiles el resultado del proceso, vía correo electrónico.

Sin perjuicio de lo anterior, también tienen la calidad de beneficiarios nuestros, aquellas personas que por su condición socioeconómica carecen de recursos para cotizar en una previsión de salud, los cuales deben inscribirse a través de los establecimientos de Atención Primaria de nuestra red Pública Preferente (MAI).


Documentación Requerida

– Trabajadores dependientes:

 Copia de la cédula de identidad del interesado
 Última liquidación de sueldo, donde figure descuento para Fonasa.
 Carta de desafiliación entregada por una Isapre (si aplica)
 Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero.

– Trabajadores por temporada (contratados por obra, faena, jornada, turnos o días), Estos trabajadores pueden acceder al beneficio de afiliación extendida, el cual protege hasta por 12 meses después del término de un contrato:

 Copia de la cédula de identidad del interesado
 Última liquidación de sueldo, donde figure descuento para Fonasa.
 Carta de desafiliación entregada por una Isapre (si aplica)
 Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero
 Contrato de trabajo que señale expresamente el vínculo laboral mediante obra, faena, jornada, turnos o días
 Finiquito y certificado de AFP.

(*) La afiliación extendida se activa en cualquiera de nuestras sucursales.

– Trabajadores recién contratados (hasta 45 días desde inicio del contrato):

 Copia del contrato de trabajo
 Copia de la cédula de identidad del interesado
 Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero

– Trabajadores independientes:

 Copia de la cédula de identidad del interesado
 Comprobante de pago de cotizaciones de salud a Fonasa
 Carta de desafiliación entregada por una Isapre (si aplica)
 Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero


Excepciones: No pueden pagar como independientes voluntario los beneficiarios del SUF, afiliados a Capredena y Dipreca.

– Pensionados:

 Copia de la cédula de identidad del interesado
 Última colilla de pago de pensión (mes anterior)
 Carta de desafiliación entregada por una Isapre (si aplica)
 Poder simple en caso que el trámite sea realizado por un tercero

– Carentes de recursos:

Los carentes de recursos son aquellas personas que no poseen recursos, o sus ingresos, no le permiten cotizar como afiliados.

Estos, son clasificados en el Tramo A, con derecho a atención de salud en toda la red Pública Preferente y tienen gratuidad. Sin embargo, no podrán acceder a la compra de bonos (red Privada).

Para ser considerados como Carentes de Recursos se requiere no estar afecto a algún régimen de seguridad social en salud, normas especiales o convenios que den derecho a salud.

Para acceder a este beneficio, debes dirigirte a tu Establecimiento de Salud más cercano (Consultorio, CESFAM, CECOF, COSAM, Hospital, etc.), así como a sucursales Fonasa, presentando:

 Formulario de Clasificación de Carencia, debidamente completado y firmado por todos los integrantes del grupo hogar, mayores de 18 años
 Cédula de Identidad

– Beneficiarios de Subsidio Único Familiar:

El Subsidio Único Familiar (SUF), es un beneficio estatal destinado a personas de escasos recursos que no pueden acceder al beneficio de Asignación Familiar o Maternal, porque no son trabajadores afiliados a un sistema previsional. Este beneficio se tramita en la municipalidad correspondiente.

Al obtener este subsidio, las personas son ingresadas en Fonasa como carentes de recursos, quedando acreditados en el Tramo A, lo cual les permite tener atenciones gratuitas en la red Pública Preferente, sin embargo, no podrán acceder a la compra de bonos (red Privada).

Para que estas personas puedan acreditarse deben presentar:

 Colilla de pago, y algún documento que acredite quienes son sus cargas (certificados de nacimiento, libreta de familia, certificados de causante SUF que otorga la municipalidad)
 Cédula de Identidad del titular
 Formulario de Clasificación de Carencia

– Convenio Chile-España y con Otros Países

Convenio bilateral entre Chile y España, para trabajadores cotizantes activos y pasivos junto a sus cargas familiares.

Pueden acceder a prestaciones de salud en otro país, en iguales condiciones que los nacionales.

– Extranjeros con pensión entregada desde el país de origen:

 Documento que acredite la identidad del ciudadano (cédula o pasaporte)
 Formulario Convenio con Extranjeros, emitido por la Superintendencia de Pensiones para la conversión de la pensión a moneda nacional y cálculo del monto de la cotización.

– Extranjeros solicitantes de refugio en Chile, sin RUN nacional (cédula):

 Pasaporte u otro documento que acredite la identidad del ciudadano
 Certificado de solicitud de refugio emitido por Departamento de Extranjería (Ministerio del Interior)
 Documentación solicitada para trabajadores dependientes, independientes o por jornadas, días o turnos (si aplica)
 Formulario de solicitud de clasificación por carencia de recursos (si aplica)

– Extranjeros con visa de residencia en trámite:

 Sin contrato de trabajo y sin RUN nacional (cédula)
 Documento que acredite la identidad del ciudadano (pasaporte)
 Documento emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior, timbrado y vigente, que respaldará la entrega de Número de Identificación provisorio al interesado
 Solicitud de residencia timbrada y vigente (Extranjería)

– Extranjeros con contrato de trabajo y sin RUN nacional (cédula)

 Documento que acredite la identidad del ciudadano (pasaporte)
 Todas las planillas de cotizaciones de pensión canceladas con Número de Identificación provisorio, entregado por AFP
 Solicitud de residencia timbrada y vigente

– Programas especiales

Se destaca que existen programas especiales que otorgan gratuidad a las personas acogidas a ellos, por las prestaciones médicas recibidas en red Pública Preferente (Modalidad MAI). Entre ellos se encuentran el PRAIS (Programa de Reparación y Atención Integral en Salud), los sobrevivientes y familiares de ANTUCO, los miembros de las comunidades Indígenas de los Loncos Norín, Catriman y Otros (PRI Loncos).

Estos beneficiarios se pueden acreditar presentando:

 La documentación adicional requerida, la que dependerá de su situación laboral (trabajador dependiente, trabajador independiente, trabajador por obra, faena, turnos o días, o pensionado).
 Las personas acogidas a estos Programas tienen acceso a la cobertura gratuita en la MAI aunque no sean beneficiarios de Fonasa.


Cargas Legales

Una carga legal, es aquella persona que cuenta con las condiciones para inscribirse en el seguro, mediante una asociación a un beneficiario con cotización (titular), teniendo los mismos derechos y obligaciones de éste. Fonasa no pone un máximo de cargas legales asociadas a un beneficiario.

Revisa quienes califican como carga y documentos a presentar para inscribirla aquí.


Caso especial

Una persona inmigrante que carece de documentos o permisos de residencia y requiera atención médica, pueden acceder al Seguro Público de Salud como carentes de recursos, se presentará en el establecimiento de Atención Primaria, para su autorización e inscripción, con documentos de identificación, suscribirá un documento declarando su carencia de recursos. Con ello, procederemos a entregar un número de atención de salud provisorio, con el cual podrá atenderse en la a red Pública Preferente (Modalidad MAI) como carente de recursos (tramo A), hasta que regularice su situación migratoria.

Hay además 2 coberturas excepcionales para la atención médica integral (general y de especialidades), que aplica para ciertos casos de alta prioridad, con requisitos específicos:

Niños y adolescentes menores de 18 años.

Los niños menores de 6 años tienen acceso universal al sistema de salud, además, los padres o tutores del niño/adolescente deben solicitar en el Departamento de Extranjería, una Visa de residencia especial que les permite regularizar su situación migratoria en el Depto. de Extranjería, siendo válida hasta los 18 años, para lo cual deberán presentar:

 Certificado de inscripción en el Consultorio de Atención Primaria
 Certificado de matrícula en una establecimiento de educación.

Mujer embarazada

Esta persona debe solicitar en el Departamento de Extranjería un permiso de residencia temporaria, presentando para ello:

Certificado de control de embarazo, el cual se da en los consultorios de Atención Primaria.

Si existen dificultades para acceder a una atención médica, debe regularizar el permiso de residencia y la visa, para poder obtener el RUN nacional provisorio que entrega Fonasa en sus sucursales, y que permite incorporarse al seguro.

Sin perjuicio de lo anterior, un extranjero con situación migratoria irregular, está habilitado para concurrir a una clínica, centro médico u hospital privado, pero sin cobertura, debiendo cancelar la atención médica de forma particular.