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12 de enero de 2023

Preguntas frecuentes definición de casos y contactos Caso Confirmado

Fuente:
Ord. 4915.- Actualización de las definiciones operativas para la vigilancia de COVID-19 en el marco del Plan «Seguimos Cuidándonos»
Ord. 4914.- Establece indicaciones sobre Licencias Médicas relacionadas al COVID-19
Circular N°3697 de la SUSESO


CASO CONFIRMADO

1) ¿Cómo sé que soy un caso confirmado?
2) ¿Me corresponde aislamiento si soy caso confirmado?
3) ¿Me corresponde licencia médica si soy un caso confirmado?
4) ¿Cuántos días de licencia médica (LM) se otorgan para un caso confirmado?
5) ¿Debo acudir al médico de manera presencial para que me otorgue una licencia?
6) Acabo de obtener el resultado positivo y debo presentarme a mi trabajo ¿qué puedo hacer para ausentarme sin tener problemas con mi empleador, ya que aún no tengo licencia médica?
7) ¿A quién debo solicitar la licencia médica?
8) ¿Mis síntomas se mantienen, se puede extender la licencia?
9) Si tengo alguna otra consulta que no aparece acá ¿dónde puede cosultar?
10) ¿Se puede acortar o disminuir el período de aislamiento si obtengo un resultado negativo en un examen para COVID-19? 
11) ¿Se pagan todos los días de licencia?


1) ¿Cómo sé que soy un caso confirmado?
Un caso confirmado o positivo corresponde a una persona que presenta un resultado positivo para COVID-19 en un test PCR o una prueba de antígenos realizado en un centro de salud o laboratorio con la autorización y/o la demostración sanitaria otorgada por la SEREMI de Salud. Además, se considera válido una prueba de antígenos, acuerdo a la estrategia de testeo “Antígeno en 3 pasos”.

AISLAMIENTO
2) ¿Me corresponde aislamiento si soy caso confirmado?
Sí, le corresponde. En este caso si es:

Sintomatico: aislamiento será de 5 días contados desde la fecha de inicio de los síntomas.
 Asintomático: aislamiento será de 5 días contados desde la fecha de toma de muestra del examen que identificó la infección.


LICENCIA MÉDICA
3) ¿Me corresponde licencia médica si soy un caso confirmado?
Sí, le corresponde licencia. Si se hizo un test de antígeno como parte de la estrategia Antígeno en 3 Pasos, y necesita una licencia médica para justificar los días de aislamiento, puede ingresar a acá y completar el formulario para auto reporte de antígenos. Si necesita orientación, puede llamar al fono TTA al 800 371 900.


4) ¿Cuántos días de licencia médica (LM) se otorgan para un caso confirmado?
El médico debe emitir una licencia por un máximo de 5 días, con el código CIE10 U07.1 (COVID-19, virus identificado).

5) ¿Debo acudir al médico de manera presencial para que me otorgue una licencia?
No es necesario acudir de manera presencial. Puede ser emitida de manera remota por parte de un médico o profesional habilitado por la Autoridad Sanitaria para tal efecto, en el caso de las LM electrónicas.

6) Acabo de obtener el resultado positivo y debo presentarme a mi trabajo ¿qué puedo hacer para ausentarme sin tener problemas con mi empleador, ya que aún no tengo licencia médica?
 En primer lugar, considerando que es un caso confirmado de COVID-19 le corresponde aislamiento, por lo que debe presentar una licencia médica para justificar su ausencia al trabajo.

Al respecto, es importante reiterar que los trabajadores pueden presentar su licencia médica fuera del plazo habitual establecido por causales de fuerza mayor, dado la actual situación de pandemia y alerta sanitaria (circular 3424, del 05 de junio de 2019).

7) ¿A quién debo solicitar la licencia médica?
La LM puede ser otorgada de acuerdo al lugar e instancia por la que se realizó el examen:


Examen en operativo de búsqueda municipal

Si usted se realizó un examen en un operativo de búsqueda activa municipal o de otra entidad, debe contactar al establecimiento o entidad a cargo para solicitar su licencia médica. Dicha licencia no es emitida por SEREMI.

Examen solicitado por un médico
Si usted se realizó un examen por indicación de su médico, en una atención de salud, debe contactar a su médico tratante y/o establecimiento donde consultó para solicitar su licencia médica. Dicha licencia no es emitida por SEREMI.

Examen por cuenta propia adquirido en farmacia.
Si usted no ha tenido una evaluación médica y se hizo un examen por su cuenta, que resultó positivo, debe buscar una atención médica para evaluación, diagnóstico, notificación en Epivigila, recibir indicaciones y solicitar su licencia. Dicha licencia no es emitida por SEREMI
Puede hacerlo a través de atención de telemedicina.

Examen por cuenta propia adquirido como parte de la estrategia Antígeno en 3 Pasos.
Si obtuvo un resultado positivo, debe completar el formulario de auto reporte disponible acá. En el caso de no contar con herramientas tecnológicas para hacerlo a través de internet, puede llamar al Fono TTA al 800 371 900.

Examen aleatorio por testeo en aeropuerto
Si usted fue diagnosticado como caso confirmado por operativo de búsqueda activa realizado por SEREMI de Salud RM (lo que incluye testeo en el aeropuerto), puede solicitar su licencia en el formulario disponible acá.

Examen en centro de salud
Si usted cuenta un examen de una prueba de detección de antígenos o PCR para SARS-CoV-2 positiva, tomada en un centro de salud habilitado por la Autoridad Sanitaria, debe solicitar la licencia en el establecimiento. 

8) ¿Mis síntomas se mantienen, se puede extender la licencia?
Médico tratante podrá disponer de un aislamiento mayor en consideración de condiciones epidemiológicas y estado clínico del paciente.

9) Si tengo alguna otra consulta que no aparece acá ¿dónde puede consultar?
Puede llamar al FONO TTA al 800 371 900.

10) ¿Se puede acortar o disminuir el período de aislamiento si obtengo un resultado negativo en un examen para COVID-19? 
No. Contar con un resultado negativo posterior para COVID-19 en un test PCR y/o un resultado negativo posterior para SARS-CoV-2 en una prueba de antígenos no exime a la persona del cumplimiento total de la medida de aislamiento.

11) ¿Se pagan todos los días de licencia por caso confirmado de COVID-19, aun cuando sean 5 o menos?
Mediante el ORD. N° 3960 se oficializó la extensión de la vigencia de aplicación de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 21.342, respecto de la no aplicación de período de carencia a las licencias médicas emitidas por COVID-19 de cualquier naturaleza.


Anexos

https://covid.milicenciamedica.cl/seremi-contacto.html

La Superintendencia de Seguridad Social indica en su circular 3424, del 05 de junio de 2019, en los ítems IV “presentación fuera de plazo de una licencia médica por parte del trabajador. caso fortuito o fuerza mayor” y v “situaciones constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor que impiden la entrega de la licencia médica dentro del plazo reglamentario”, que los trabajadores pueden presentar su licencia médica fuera del plazo habitual establecido ante causales de fuerza mayor, y que éstas pueden ser autorizadas. La actual situación de pandemia y alerta sanitaria, con alta demanda de solicitudes de licencias médicas a SEREMI, califica como causal de fuerza mayor para estos efectos, por lo que su licencia puede ser presentada y tramitada fuera de plazo habitual.